DEBIDO PROCESO Y ESPACIO PUBLICO
cualquier medida de desalojo del espacio público, junto con la imposición del decomiso correspondiente, deben estar precedidas por las decisiones policivas adoptadas en el marco de sendos procesos administrativos
durante cuyo proceso de expedición se debe haber dado oportunidad al afectado de rendir descargos y presentar pruebas
es indispensable respetar, en todo caso, el derecho de defensa de quien puede resultar lesionado en sus intereses básicos por estas medidas
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
Las medidas de policía deben ser proporcionadas, de conformidad con el fin que se persigue y la gravedad de circunstancias en las cuales se aplican; todo exceso está proscrito.
TRATO CRUEL A VENDEDOR AMBULANTE
La imposición de estos tratos por parte de los agentes de la fuerza pública no sólo es frontalmente incompatible con el ejercicio de la actividad de policía en un Estado Social de Derecho, y desconoce las obligaciones constitucionales e internacionales del país